Lo que hasta ahora es una recomendacion del SIPROSA pasaria a ser una obligacion, generalizandose el uso del barbijo en toda la provincia. Es por ello que el sistema de salud provincial avanza en su poder de policia y busca un mayor control que incluye a los servicios que deben brindar las obras sociales a sus afiliados, con el proposito de no recargar el sistema publico.
La ministra de Salud, Rossana Chahla, en su carácter de presidenta del Siprosa, fortaleció el régimen de cumplimiento del aislamiento obligatorio ciudadano, estableciendo una serie de multas a quienes incumplan las normas vigentes. Por el otro, velar que las obras sociales cumplan con el Plan Médico Obligatorio (PMO), la atención domiciliaria para afiliados mayores de 65 años y la cobertura de la vacunación de sus afiliados en el período previo a las gripes. Aquellas entidades que no lo hagan se expondrán a sanciones que pueden llegar hasta los $ 300.000, según la resolución 141, segun publica hoy el Diario La Gaceta.
La resolución 141, además, refuerza la facultad constitucional que tiene el Siprosa de ejercer el poder de policía sanitaria (Ley 5.652) frente a la pandemia de covid-19. Desde el Ministerio de Salud aclararon que las medidas que se adoptarán no persiguen fines recaudatorios, sino que se busca fortalecer las acciones para evitar la propagación de casos en la provincia. En parte, el establecimiento de las sanciones y el alcance de las infracciones está relacionado con algunas medidas aisladas adoptadas por distintas municipalidades en el marco de la pandemia, con el fin de centralizar las decisiones.
¿Cuáles son las sanciones?
• Entre $ 2.000 y $ 30.000 de multa por incumplimiento a las recomendaciones relativas a evitar la propagación de contagios, distanciamiento social y uso de barbijo en caso de presentar síntomas. Esta definición tiene alcance general a toda la ciudadanía.
• Entre $150.000 y $ 300.000 de multa por incumplimientos en la obligación a las obras sociales nacionales y provinciales de cumplir el calendario de vacunación y garantizar dispositivos de atención a sus afiliados que respondan a las medidas de aislamiento.
• Entre $ 2.000 y $ 30.000 de multa para los que no tengan la declaración jurada de aislamiento social para quienes ingresen al territorio de la provincia, obligándose a realizar una cuarentena de 15 días.
• Entre $ 150.000 y $ 300.000 de multa por incumplimientos de obras sociales nacionales y provinciales y empresas de medicina prepaga del estricto cumplimiento del Plan Médico Obligatorio (PMO) y la atención domiciliaria mediante servicio de urgencias de sus afiliados para consultas de urgencia y/o mayores de 65 años.
• Entre $ 2.000 y $ 30.000 por incumplir la recomendación a la población del uso de barbijo o cubiertas de tela para la cara en la vía pública.
“Tenemos que llegar al uso obligatorio del barbijo. Cuanto más estrictos seamos con este sistema, estaremos más tranquilos en los tiempos que se vienen”, dijo a LA GACETA la titular de la cartera sanitaria provincial.